
Guía para pedir el paro si te despiden por causas objetivas: Pasos y requisitos

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El despido causas objetivas es una de las modalidades de extinción del contrato de trabajo que más incertidumbre genera entre los trabajadores. A diferencia de un despido disciplinario, esta figura legal se fundamenta en razones económicas, técnicas, organizativas o de producción que la empresa debe justificar adecuadamente. Comprender las particularidades de este tipo de cese es esencial para conocer los derechos y prestaciones a los que se puede acceder. Cuando un empleado es despedido por causas objetivas, tiene derecho a solicitar la prestación por desempleo, siempre que cumpla con los requisitos generales establecidos por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). La indemnización legal, que suele ser de 20 días por año trabajado con un máximo de 12 mensualidades, es perfectamente compatible con el subsidio. Sin embargo, es crucial diferenciar esta situación de otras modalidades de extinción para realizar correctamente la reclamación y evitar errores que retrasen el cobro. Esta guía práctica desglosa paso a paso el procedimiento para solicitar el paro tras un despido causas objetivas, abarcando desde la documentación necesaria hasta los plazos clave, pasando por el cálculo de la prestación y las acciones a seguir en caso de denegación.
🎯 Lo que aprenderás en este artículo
- ✓Requisitos esenciales para acceder al paro tras un despido objetivo
- ✓Documentación necesaria para la solicitud de la prestación
- ✓Plazos y procedimiento para solicitar el paro
- ✓Qué hacer si se rechaza la solicitud de paro
- ✓Preguntas frecuentes (FAQ)
Requisitos esenciales para acceder al paro tras un despido objetivo

Para tener derecho a la prestación por desempleo después de un despido causas objetivas, es imprescindible cumplir con una serie de requisitos legales establecidos por el SEPE. El más relevante es haber cotizado un mínimo de 360 días dentro de los seis años anteriores a la situación legal de desempleo. Además, el cese debe ser involuntario, como ocurre en este tipo de despido, y el trabajador debe estar en situación legal de desempleo, lo que implica que la extinción del contrato esté debidamente comunicada y registrada. También es necesario no haber alcanzado la edad ordinaria de jubilación y estar inscrito como demandante de empleo en la oficina correspondiente. La falta de alguno de estos requisitos puede suponer la denegación de la prestación. A continuación, se presentan los puntos clave en una tabla resumen:
| Requisito | Descripción |
|---|---|
| Período de cotización | Mínimo de 360 días cotizados en los últimos 6 años. |
| Desempleo involuntario | La extinción del contrato no puede ser por voluntad del trabajador. |
| Situación legal de desempleo | El despido debe estar formalizado y comunicado al SEPE. |
| Inscripción como demandante | Es obligatorio inscribirse en la oficina de empleo correspondiente. |
| Edad | No haber alcanzado la edad legal de jubilación. |
Documentación necesaria para la solicitud de la prestación

Presentar la documentación correcta y completa es crucial para que la solicitud de paro tras un despido causas objetivas sea procesada sin demoras. El documento más importante es el modelo de solicitud oficial, debidamente cumplimentado. Junto a él, se debe aportar el Documento Nacional de Identidad (DNI) o NIE en vigor, el libro de familia o documentación acreditativa de los hijos a cargo, en su caso, y la documentación bancaria con el IBAN donde se desea percibir el pago. Además, es fundamental presentar el certificado de empresa que acredite los últimos 180 días cotizados y la carta de despido o el finiquito que detalle la causa de la extinción del contrato y los importes liquidados. Reunir todos estos documentos con antelación facilita el trámite y evita posibles contratiempos.
- Modelo de solicitud: Formaliza la petición de la prestación por desempleo.
- DNI/NIE: Acredita la identidad y situación legal del solicitante.
- Certificado de empresa: Verifica los períodos cotizados y la base de cotización.
- Carta de despido/finiquito: Justifica la causa objetiva y la situación legal de desempleo.
- Documentación bancaria: Establece la cuenta para el cobro de la prestación.
Plazos y procedimiento para solicitar el paro

Respetar los plazos establecidos es vital para no perder el derecho a la prestación tras un despido causas objetivas. El plazo máximo para presentar la solicitud es de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente a la fecha efectiva del despido. Si el último día del plazo es inhábil, se trasladará al siguiente día hábil. Es altamente recomendable no esperar hasta el último momento, ya que cualquier imprevisto podría suponer la pérdida de los días de prestación correspondientes al retraso. La solicitud se puede presentar de forma telemática a través de la sede electrónica del SEPE, disponible 24 horas, o de forma presencial en las oficinas correspondientes con cita previa. Actuar con celeridad y precisión garantiza el cobro de la prestación sin interrupciones.
Cálculo de la cuantía y duración de la prestación

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La cuantía y la duración de la prestación por desempleo dependen directamente del tiempo cotizado y de las bases de cotización del solicitante. La prestación se calcula aplicando un 70% sobre la base reguladora durante los primeros 180 días, y un 50% a partir de entonces, con unos topes máximos y mínimos establecidos anualmente. La base reguladora se obtiene de la media de las bases de cotización por contingencias profesionales de los últimos 180 días cotizados. En cuanto a la duración, esta varía en función de los días totales cotizados, desde un mínimo de 4 meses (120 días cotizados) hasta un máximo de 2 años (2,160 días cotizados). A continuación, se muestra una tabla con la correspondencia entre días cotizados y duración de la prestación:
| Días cotizados | Duración de la prestación | Porcentaje aplicable |
|---|---|---|
| De 360 a 539 días | 4 meses (120 días) | 70% (primeros 6 meses) |
| De 540 a 719 días | 6 meses (180 días) | 50% (a partir del mes 7) |
| De 720 a 899 días | 8 meses (240 días) | |
| De 900 a 1,079 días | 10 meses (300 días) | |
| De 1,080 a 1,259 días | 12 meses (360 días) | |
| De 1,260 a 1,439 días | 14 meses (420 días) | |
| De 1,440 a 1,619 días | 16 meses (480 días) | |
| De 1,620 a 1,799 días | 18 meses (540 días) | |
| De 1,800 a 1,979 días | 20 meses (600 días) | |
| De 1,980 a 2,159 días | 22 meses (660 días) | |
| 2,160 días o más | 24 meses (720 días) |
Qué hacer si se rechaza la solicitud de paro

Ante una resolución de denegación de la prestación por desempleo tras un despido causas objetivas, el trabajador tiene derecho a interponer los recursos correspondientes. Se dispone de un plazo de 30 días hábiles para presentar una reclamación previa ante el mismo órgano que dictó la resolución, o directamente un recurso de alzada. Es fundamental revisar los motivos de la denegación, que suelen estar relacionados con no acreditar el período mínimo de cotización, errores en la documentación presentada o no estar en situación legal de desempleo. En muchos casos, es recomendable buscar asesoramiento de un abogado laboralista o de los sindicatos para preparar una defensa adecuada y presentar toda la evidencia que respalde la solicitud. Actuar con rapidez y contar con apoyo profesional aumenta las posibilidades de éxito en la reclamación.
Errores comunes y cómo evitarlos

Uno de los errores más frecuentes es no verificar que el certificado de empresa refleje correctamente los días cotizados y la causa del despido. También es común no inscribirse como demandante de empleo antes de solicitar la prestación, lo que puede retrasar el proceso. Otro fallo habitual es presentar la solicitud fuera del plazo de 15 días hábiles, lo que puede suponer la pérdida de días de prestación. Para evitarlos, es recomendable revisar toda la documentación con antelación, solicitar cita previa en el SEPE si se acude presencialmente, y no dudar en pedir ayuda a un profesional si surgen dudas. La preparación y la atención a los detalles son clave para un trámite exitoso.
Preguntas frecuentes (FAQ)
¿Qué diferencia hay entre un despido objetivo y uno disciplinario en cuanto al paro?
La principal diferencia radica en la indemnización y la justificación del cese. En un despido causas objetivas, la empresa debe alegar razones económicas, técnicas, organizativas o de producción, y la indemnización es de 20 días por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades. En un despido disciplinario, no hay indemnización si se considera procedente, pero si es improcedente, la indemnización es mayor (33 días por año, con un tope de 24 mensualidades). En ambos casos, si el despido es válido, el trabajador tiene derecho a solicitar el paro, siempre que cumpla los requisitos de cotización.
¿Puedo cobrar el paro si el despido objetivo es declarado improcedente?
Sí, si el despido objetivo es declarado improcedente por un juez, el trabajador tiene derecho a la prestación por desempleo, ya que sigue considerándose una situación legal de desempleo involuntario. En este caso, la empresa deberá optar entre readmitir al trabajador o pagar una indemnización mayor (33 días por año trabajado). Mientras se resuelve el proceso judicial, se puede solicitar el paro de forma provisional, y si finalmente se opta por la readmisión, se deberá devolver la prestación cobrada.
¿Qué plazo tengo para reclamar si el SEPE deniega mi solicitud de paro?
El plazo para presentar una reclamación previa o un recurso de alzada contra la denegación de la prestación por desempleo es de 30 días hábiles desde la notificación de la resolución. Es importante actuar dentro de este período, ya que de lo contrario la decisión del SEPE se considerará firme. Se recomienda revisar los motivos de la denegación y, si es necesario, buscar asesoramiento legal para preparar la reclamación de forma adecuada. Despido por causas objetivas - Iberley
¿Es obligatorio tener el certificado de empresa para solicitar el paro?
Sí, el certificado de empresa es un documento obligatorio para solicitar la prestación por desempleo, ya que acredita los días cotizados y la base de cotización. La empresa está obligada a entregarlo al trabajador en el momento del despido o en un plazo máximo de 10 días. Si la empresa no lo proporciona, el trabajador puede solicitarlo al SEPE, que requerirá su presentación. Sin este documento, el proceso de solicitud puede
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